La indemnización para Desplazados y Víctimas

La indemnización para Desplazados y Víctimas

La indemnización es una medida de reparación integral que busca compensar económicamente a las víctimas de hechos victimizantes en Colombia. Esta medida está destinada a fortalecer o reconstruir el proyecto de vida de las personas que han sufrido situaciones traumáticas y dolorosas.

¿Quiénes pueden acceder a la indemnización y en qué montos?

La indemnización administrativa se otorga a las víctimas de diferentes hechos victimizantes, y el monto que se entrega depende del tipo de victimización sufrida. A continuación, se detallan los montos correspondientes a cada caso:

Homicidio: En caso de homicidio, se entregan 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), los cuales se dividen entre los familiares de la víctima acorde a su estado civil en el momento del fallecimiento.

Desaparición forzada: Para las víctimas de desaparición forzada, se otorgan 40 SMLMV, que también se dividen entre los familiares dependiendo de su estado civil al momento de la desaparición.

Secuestro: Las personas que han sido liberadas después de ser secuestradas reciben 40 SMLMV en compensación.

Lesiones personales con incapacidad permanente o discapacidad: En casos de lesiones que generen incapacidad permanente o discapacidad, se entrega hasta 40 SMLMV, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 0848 de 2014.

Lesiones personales con incapacidad: Si las lesiones causan incapacidad, se otorgan hasta 30 SMLMV según la Resolución 0848 de 2014.

Reclutamiento ilícito de niños, niñas y adolescentes: Las víctimas de reclutamiento ilícito reciben una compensación de 30 SMLMV.

Delitos contra la libertad e integridad sexual, incluyendo a los niños, niñas y adolescentes nacidos como consecuencia de una violación sexual en el marco del conflicto armado: Estas víctimas reciben 30 SMLMV como indemnización.

Tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes: En caso de sufrir tortura u otros tratos crueles, se otorga una indemnización directamente a la víctima. Según la Resolución 00552 de 2015, las víctimas registradas por tortura recibirán una indemnización de 10 SMMLV. En caso de que las lesiones sufridas como consecuencia de la tortura generen incapacidad, se aplicarán las disposiciones de la Resolución 848 de 2014 y se reconocerá el monto correspondiente por la afectación física o psicológica, siempre y cuando no se supere el límite de 40 SMMLV establecido en el artículo 2.2.7.3.4 del Decreto 1084 de 2015.

Desplazamiento forzado: En el caso de las víctimas de desplazamiento forzado, la indemnización se divide equitativamente entre los miembros del grupo familiar que aparecen registrados en el Registro Único de Víctimas. Dependiendo de la situación, algunos núcleos familiares recibirán 27 SMLMV y otros recibirán 17 SMLMV, según lo estipulado en la Sentencia SU-254 de 2013.

Acumulación de indemnizaciones

Si una persona es víctima de más de un hecho victimizante, tiene derecho a acumular la indemnización administrativa hasta por un monto de 40 SMLMV. En el caso de que una sola persona pueda solicitar indemnización por varias víctimas de homicidio o desaparición forzada, también tiene derecho a recibir la indemnización administrativa por cada una de ellas.

Indemnización para niñas, niños y adolescentes

En el caso de las víctimas menores de edad, la indemnización administrativa se efectuará a través de la constitución de un encargo fiduciario. Una vez que el destinatario de la indemnización cumpla la mayoría de edad, podrá disponer integralmente de su compensación.

¿Cuánto tiempo se tarda en recibir la indemnización?

La Unidad para las Víctimas ha implementado un nuevo procedimiento para el reconocimiento y pago de la indemnización administrativa, siguiendo las directrices establecidas por la Corte Constitucional en el Auto 206 de 2017. Este procedimiento, reglamentado en la Resolución 1049 de 2019, contempla tres rutas de atención:

  1. Ruta Priorizada: Dirigida a las víctimas que se encuentran en una situación de urgencia manifiesta o extrema vulnerabilidad debido a su edad, enfermedad o discapacidad. Está dirigida a personas mayores de 74 años, aquellas con enfermedades catastróficas, ruinosa, de alto costo, huérfanas o con discapacidad, según lo certifique cualquier entidad del Sistema de Salud.
  2. Ruta General: Esta ruta se aplica a las víctimas que no cumplen con las condiciones para acceder a la ruta priorizada.
  3. Ruta Transitoria: Esta ruta es para las víctimas que ya habían iniciado su proceso de documentación con la Unidad para las Víctimas antes del 6 de junio de 2018.

Una vez que las solicitudes son recibidas, la Unidad inicia el proceso de respuesta y notifica si la solicitud ha sido completada correctamente o no.

En caso de que la respuesta sea favorable, la Unidad aplica un método de priorización para establecer el orden de entrega de la indemnización administrativa. Este método utiliza variables demográficas, socioeconómicas, características de los hechos victimizantes y el avance en la ruta de reparación de las víctimas, con el fin de generar un puntaje que determine el turno para el pago de la compensación. Esta herramienta se aplica cada año durante el primer semestre a las víctimas que hayan recibido una respuesta afirmativa sobre su derecho a recibir la indemnización administrativa.

Los turnos para el desembolso de la indemnización se asignan en base al puntaje obtenido por cada víctima, considerando siempre la disponibilidad presupuestal de la Unidad. Aquellas víctimas que no resulten priorizadas deberán esperar a que se aplique la herramienta nuevamente en el siguiente año fiscal. Esto puede implicar una espera de varios años.

Es importante aclarar que los montos y el turno de entrega de la indemnización administrativa dependen de las circunstancias individuales de cada víctima, el análisis del caso en concreto y la disponibilidad presupuestal anual de la Unidad. Esto se realiza bajo los principios de gradualidad, progresividad y sostenibilidad fiscal establecidos en la Ley 1448 de 2011.

La indemnización administrativa es una medida importante en el proceso de reparación integral a las víctimas en Colombia. A través de esta compensación económica, se busca brindar apoyo y fortalecimiento a aquellos que han sufrido situaciones traumáticas y ayudarles en la reconstrucción de su proyecto de vida. La implementación del nuevo procedimiento y las diferentes rutas de atención buscan agilizar el proceso y garantizar que las víctimas reciban la indemnización administrativa de manera justa y oportuna.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio